• La presidenta de la Jucopo destacó que por primera vez en la historia del país, un Poder Legislativo acude a un órgano especializado en la realización de consultas a la sociedad

Gilberto Guzmán

La diputada Yoloczin Domínguez Serna, presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso del Estado, señaló que por primera vez en la historia del país un Poder Legislativo acude a un órgano especializado en la realización de consultas a la sociedad.

Esto en referencia al convenio de colaboración y coordinación institucional firmado recientemente por la LXIII Legislatura y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC-Gro), para la realización de la consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. 

“El órgano garante reconocido para llevar a cabo consultas es el Instituto Electoral; quién más que ellos para llevarlas a cabo de manera correcta, transparente y efectiva. Si se quieren hacer las cosas bien, tomemos en cuenta a las instituciones dedicadas al tema”, subrayó.

La legisladora señaló que la ley establece que la obligación de las y los representantes populares es legislar, gestionar y fiscalizar, y ante esto, se acordó trabajar institucionalmente con el órgano electoral para que lleve a cabo de manera coordinada la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de Guerrero.

Destacó que para el cumplimento del convenio, el Congreso y el IEPC se comprometieron a coordinar, desarrollar y ejecutar cada una de las etapas de la consulta; elaborar un plan de difusión, a fin de promover la participación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en el proceso; implementar las acciones de capacitación para el personal que participará en la operatividad y logística de la consulta, y favorecer el intercambio de información, dentro del ámbito de su competencia, con los fines que emanen del  convenio.

En ese sentido, la diputada confió en que la consulta que lleve a cabo el IEPC cumpla cabalmente con la sentencia emitida en la Acción de Inconstitucionalidad 136/2020 del 8 de septiembre de 2020, dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.