Diputadas y diputados de la LXII Legislatura aprobaron reformas a la Ley de Víctimas del Estado de Guerrero para que las autoridades diversas y los organismos autónomos brinden atención preferencial a personas que hayan sido víctimas o se encuentren en proceso de acreditación de tal calidad, garantizando la protección de sus derechos humanos y la reparación integral del daño.
Al exponer la fundamentación a nombre de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia, la diputada Guadalupe González Suástegui recordó que esta propuesta de reforma fue presentada por el Grupo Parlamentario del PRD, misma que al interior de dichos órganos se aprobó por unanimidad procedente, pero con modificaciones, a efecto de que no impliquen un impacto presupuestal, pero sí cumpla con el objetivo planteado.
Dijo que la modificación consiste en que las dependencias, ayuntamientos y organismos autónomos, por conducto de sus áreas jurídicas, de derechos humanos o áreas afines, se encarguen de brindar la asesoría, trámite y gestión ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas respecto al trámite de la reparación integral.
Asimismo, se establece un plazo de un año para que la Comisión Estatal de Atención a Víctimas concluya sus procedimientos, emita y dé cumplimiento a la resolución respecto a las medias de reparación integral.
González Suástegui aclaró que los servicios, programas y acciones tomarán en cuenta si la víctima pertenece a un grupo en condiciones de vulnerabilidad, sus características y necesidades especiales, particularmente tratándose de los grupos expuestos a un mayor riesgo de violación de sus derechos, como niñas, niños y adolescentes; mujeres, adultos mayores, periodistas y personas en situación de desplazamiento interno, y dependerá de la gravedad del daño sufrido por las víctimas que se determinará prioridad en su asistencia.
La legisladora destacó la importancia de esta reforma para que la federación, entidades federativas y los municipios, en sus respectivos ámbitos, formulen y apliquen políticas y programas de asistencia que incluyan oportunidades de desarrollo productivo e ingreso en beneficio de las víctimas, en cumplimiento a la Ley General de Víctimas, las Constituciones federal y estatal, los Tratados Internacionales y demás leyes aplicables en la materia.