• * Campaña de espectaculares con su imagen no representa algún “elemento que pudiese considerar que afecte la equidad en la contienda electoral”, determinan unánimemente los magistrados

Jesús Saavedra

Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinó exonerar al exdelegado del gobierno federal, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, de actos anticipados de precampaña tras la colocación de espectaculares de la portada de la revista 99 Grados, en varias ciudades del estado.

Este martes, el TEE analizó un proyecto de resolución en el expediente TEE/PES/004/2020 que puso a consideración la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, en un Procedimiento Especial Sancionador (PES) que solicitaba el exrepresentante de Morena ante el IEPC-Guerrero, Sergio Montes Carrillo, contra el exfuncionario federal por su promoción personal en espectaculares de la citada publicación.

Delgado Brito dijo que en la verificación que realizaron encontraron 26 espectaculares en Acapulco, Chilpancingo, Zihuatanejo, Coyuca de Benítez, Ometepec, Igualapa, Florencio Villareal y Taxco, “los cuales contienen la imagen y el nombre del denunciado, 99 Grados (nombre de la revista) y (la leyenda) Guerrero encabezará la transformación del país”.

Explicó que la publicidad denunciada fue contratada por la persona moral Pretextos Comunicación SA de CV, editora de la revista 99 Grados, y que del análisis de la publicidad, “en el proyecto se concluyó que la frase ‘Guerrero encabezará la transformación del país’, únicamente evidencia la opinión del emisor del mensaje respecto a quién encabezará la transformación del país”.

La magistrada señaló que ese mensaje no implica “un llamamiento al voto, el apoyo o rechazo a una opción electoral, la presentación de alguna plataforma electoral o algún otro elemento que pudiese considerar que afecte la equidad en la contienda electoral, pues se limita a presentar una opinión que no puede estar sujeta a un análisis sobre su veracidad”.

Agregó que los espectaculares no contienen “expresiones directas o explícitas hacia una contienda electoral, en específico de la elección de gobernador por el partido Morena, como lo refiere el denunciante, por lo que resulta una mera manifestación genérica y vaga que no cumple con el estándar para poder considerar esa expresión como un acto anticipado de campaña o precampaña electoral”.

Concluyó que no alcanzaba el umbral para ser susceptible de ser un acto prohibido por la norma electoral, además de ponderar que hay circunstancias que permiten “exonerar al presunto infractor y considerar que la misma resulta inexistente (una campaña anticipada)”.

Recordó que la Comisión de Quejas y Denuncias dictaron medidas cautelares solicitadas por Montes Carrillo del retiro de los espectaculares y que por ello se devolverán esas medidas al IEPC-Guerrero, para que determine lo conducente.

En la resolución señalaron que se declaran “inexistentes las infracciones atribuidas a Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros” y que se devuelve el cuaderno auxiliar de las medidas cautelares al IEPC-Guerrero para los efectos legales conducentes.

Antes de votar a favor, la magistrada Evelyn Rodríguez Xinol anunció que su voto sería concurrente a favor, pero con otros argumentos, porque “a la revista 99 Grados se le ordenó por parte de la autoridad administrativa el retiro de la publicidad, sin que se haya atendido tal recomendación”.

El magistrado Ramón Ramos Piedra explicó que estaba a favor de la resolución “porque está ajustada a derecho, abanderada con el principio de legalidad”.

Añadió que “los políticos buscan hacerse notar a través de la libertad de expresión y es una línea muy delgada de la promoción personal de su imagen, pero la resolución está debidamente fundada”.

En otro tema, el TEE dio la razón en un Recurso de Apelación que interpuso el PRD en contra de una resolución de la Coordinación de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en Guerrero (IEPC-Guerrero), en el que desestimaron una queja contra el entonces delegado del gobierno federal, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros.

El PRD acusaba a Sandoval Ballesteros de que en su encargo como funcionario federal, en la entrega de programas sociales, utilizaba el chaleco color similar al de Morena y el nombre grabado en el chaleco, que consideran trataba de incidir en los ciudadanos con sus aspiraciones de candidato a gobernador.

El TEE se pronunció por el procedimiento de la Coordinación del IEPC-Guerrero en el que desestimó la queja y aseveró que hubo “deficiencias” en las partes sustanciales de la resolución, por lo que le ordenó subsanar esas “deficiencias” en una nueva resolución.

En la sesión se aprobó además por unanimidad un acuerdo plenario para establecer un convenio de finiquito de relación laboral de Rodolfo Montes Alcántara con el TEE.