Josefina Aguilar
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) otorgó a la revista 99 Grados un nuevo plazo, ahora de 12 horas, para retirar la totalidad de los espectaculares con la imagen del exdelegado federal, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros.
Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC sostuvieron este martes una reunión de trabajo en la que analizaron el cumplimiento de las medidas cautelares aprobadas el 22 de octubre, mediante el acuerdo 007/CQD/22-10-2020 de dicha Comisión, dictadas en el expediente lEPC/CCE/PES/004/2020, derivado de la denuncia presentada por Sergio Montes Carrillo, en contra del ciudadano Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, por presuntos actos anticipados de precampaña y/o campaña electoral y posicionamiento de imagen.
En la resolución emitida, dicha comisión estableció un plazo de 24 horas para que los denunciados, Pablo Amílcar Ballesteros y “Pretextos Comunicación, Sociedad Anónima de Capital Variable”, editora de la revista 99 Grados, retiraran la publicidad colocada en distintos puntos del estado a través de espectaculares.
Sin embargo, dicho mandato, hasta este martes, no habría sido atendido del todo por parte de los denunciados.
En ese sentido, durante la reunión de trabajo de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC, concluyeron que Pablo Amílcar Ballesteros y “Pretextos Comunicación, Sociedad Anónima de Capital Variable”, editora de la revista 99 Grados, “han realizado diversos actos y gestiones para dar cumplimiento al acuerdo de medidas cautelares citado, entre ellos el retiro parcial de la propaganda denunciada”.
Sin embargo, los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC consideraron que es imposible retirar la totalidad de la propaganda calificada como irregular, difundida en los espectaculares y anuncios publicitarios colocados en todo el territorio del Estado de Guerrero, y concedieron un plazo perentorio de 12 horas para hacerlo.
Una vez retirada la mencionada publicidad, los denunciados, deberán informarlo al IEPC, dentro de las doce horas siguientes, “en el entendido que de no cumplir con lo ordenado, se le hará efectivo el apercibimiento consistente en la imposición de una multa”, señala el acuerdo.