• “Tenemos que salvaguardar la integridad de las mujeres y de las jovencitas”, explica el presidente de la Comisión de Justicia

Gilberto Guzmán

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de Guerrero, Omar Jalil Flores Majul, informó que hay un dictamen para cumplir con la NOM 046 sobre aborto legal cuando la mujer señale que fue violada sexualmente, pero advirtió que eliminar la denuncia ante el Ministerio Público genera el riesgo de que el agresor ataque a otras víctimas.

En entrevista radiofónica, el legislador mencionó que la NOM 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, establece que basta con que la mujer acuda a una clínica y diga que fue violada para que sin investigación ministerial le puedan practicar un aborto, pero en el dictamen de la Comisión de Justicia se plantea que no puede ser de esa manera, porque al no presentarse denuncia, el agresor estaría en posibilidades de volver a atacar a la víctima o a otras mujeres.

“El sentido del dictamen va en perseguir el delito para proteger a mujeres que puedan ser víctimas potenciales del mismo violador, por ejemplo un padrastro que embarace a la hijastra, la manda al hospital, la niña aborta pero regresa a casa y puede continuar el delito, o un tratante de personas que mande a abortar unas cinco veces al año a quien esté explotando como sexoservidora, entonces tenemos que salvaguardar la denuncia y que el Estado mexicano utilice todo su sistema para proteger a las mujeres de esta violencia”, explicó.

Omar Jalil detalló que la redacción del Artículo 159 sobre excluyentes de responsabilidad específica va en el siguiente sentido: “La responsabilidad penal por el delito de aborto se excluye en los siguientes casos: cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, para ambos casos la autoridad investigadora y las autoridades en materia de salud deberán actuar en protección de la víctima, quien podrá solicitar la práctica del aborto en un plazo no mayor a doce semanas de gestación.

“Las autoridades de salud capacitadas que lo practiquen están obligadas a informar de manera inmediata a la autoridad investigadora de la práctica del aborto realizado a la solicitante, asentando en él la excluyente responsabilidad penal por el delito que se trate como causa de su realización”.

Agrega que “procederá a la autoridad ministerial la investigación de oficio; tratándose de una mujer menor de edad, ésta deberá estar acompañada de sus padres, tutores o representantes legales ante las autoridades de salud e investigadora, al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y a la Secretaría de la Mujer”.

La propuesta también indica que las autoridades respectivas realizarán lo conducente para fincar la responsabilidad profesional de conformidad a lo establecido en el título vigésimo de los artículos 327, 330 y 331 del Código Penal Federal.

“Es así como buscamos, obviamente proteger la salud, la integridad, pero también que se avance en materia de los protocolos a favor de la mujer, esos ya están en la Ley para erradicar la violencia de género”, comentó el legislador.

Recordó que las organizaciones de mujeres han planteado que se elimine el requisito de una investigación por parte del Ministerio Público en los casos donde se practique un aborto argumentando que el embarazo es producto de una violación, pero no se puede omitir la presentación de la denuncia ante el MP, por las causas ya explicadas.

En cuanto a las posturas de los diputados de la Comisión de Justicia, Omar Jalil dijo que su compañero Moisés Reyes Sandoval, como integrante de Morena, respaldaba la propuesta de que bastara con que una mujer dijera que fue violada para acudir a cualquier clínica y le practicaran el aborto.

“Nosotros decimos que no, por los argumentos de trata de personas y de violaciones a menores de edad, que todos sabemos que la mayoría de violaciones se dan en el primer círculo, entonces tenemos que salvaguardar la integridad de las mujeres y de las jovencitas”, apuntó.