- * Erika Valencia, de Morena, que en la pasada elección hubo 14 casos de violencia política contra mujeres, pero no se castigaron porque no existe la tipificación de dicha conducta como un delito
Gilberto Guzmán
La diputada local por Morena, Erika Valencia Cardona, señaló que en Guerrero en las elecciones del 2018 la Red Regional de Defensoras y Promotoras de Guerrero reportó 14 casos de violencia política en razón de género, por lo cual ha presentado una reforma al Código Penal del Estado para tipificar esta conducta como delito.
Durante la sesión del martes, la también presidenta de la Comisión para la Igualdad argumentó que la violencia política por razón de género, es una tarea pendiente tanto en las legislaturas federales como en las locales, porque no se tiene en concreto una definición legal, mucho menos la tipificación de dicha conducta como delito.
Recordó que la Red Regional de Defensoras y Promotoras de Guerrero documentó en el pasado proceso electoral 14 casos de violencia política contra las mujeres, de los cuales 7 fueron contra mujeres precandidatas a cargos de elección popular, 5 contra candidatas, y 2 contra mujeres de la sociedad civil.
De los 14 casos, 51.1 por ciento se registraron en la región Centro del estado; 21 por ciento en la Norte, y 7 por ciento en Acapulco. Además, se perpetraron 2 asesinatos contra mujeres. El informe de la Red detalla que en 11 de los casos registrados, las víctimas reportaron haber sufrido violencia psicológica, y en 4 casos recibieron amenazas.
Once de los 14 casos de violencia documentados se registraron en el interior de los partidos políticos y 4 casos en la comunidad; en 12 de los casos, la violencia tuvo como resultado anular y menoscabar el ejercicio de sus derechos políticos electorales; 7 casos se dieron por el hecho de ser mujer y 4 de estos fueron perpetrados por el Estado o sus agentes.
En el 78.6 por ciento de los casos, las víctimas fueron obligadas a ceder su candidatura y el 21 por ciento sufrió difamación, calumnia y desprestigio a través de los medios de comunicación y redes sociales.
Ante este panorama de violencia contra las mujeres que ejercen la política, Valencia Cardona propuso reformar el Código Penal del Estado y adicionar una fracción al catálogo de delitos sobre violencia política en razón de Género.
Se detalla que se entenderá por violencia política en razón de género a los actos, por acción u omisión, que tenga por objeto o resultado un impacto diferenciado y desventajoso en las mujeres, y/o las afecte desproporcionadamente, denigre, menoscabe, persiga, acose, anule o limite el ejercicio o reconocimiento de sus derechos político–electorales, prerrogativas o cargo, por el simple hecho de ser mujer, ya sea simbólica, verbal, patrimonial, económica, físico, y/o psicológica, bajo cualquier supuesto o medio de comisión, ya sea violencia directa o a través de los medios de comunicación o de las redes sociales, perpetrado por cualquier persona o grupo de personas.
Se indica que se entenderá que existen razones de género cuando se ocasione un daño o menoscabe en la igualdad del ejercicio de los derechos político-electorales o de la función pública de la mujer; existan datos que establezcan que hubo amenazas, acoso, violencia física, psicológica o sexual del sujeto activo, ya sea de forma directa o a través de los medios de comunicación o de las redes sociales; exista entre el sujeto activo y la víctima una relación de subordinación; existan datos que establezcan un trato diferenciado en la víctima por su condición de mujer.
Las sanciones serán las establecidas en el artículo 202 del Código, mismas que aumentarán hasta en una mitad si el delito lo comete un servidor público, funcionario o dirigente partidista, o que el sujeto activo, al cometer el delito, lo realice de forma directa, a través de los medios de comunicación o de las redes sociales.