* El coordinador de los diputados de ese partido en el Congreso, Pablo A. Sandoval, asegura que los cambios aprobados por la pasada legislatura limitan “el derecho a la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas”
Jesús Saavedra

El grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional en el Congreso del Estado presentó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma al artículo 14 de la Constitución Política del Estado de Guerrero, aprobada por la pasada Legislatura.
Para los legisladores de ese partido, los cambios a dicho artículo en materia de Derechos y Cultura Indígena, “vulneran el principio de progresividad de los derechos humanos consagrado en el artículo 1 la Constitución federal, limita injustificadamente el derecho a la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas, a decidir sus propias formas de convivencia y organización internas, a aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, que son derechos reconocidos en nuestra Carta Magna”.
El coordinador de los diputados del Morena en el Congreso del Estado, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, informó que el recurso presentado por Morena que refiere al principio de progresividad, impone a las autoridades un doble deber, primero las obliga a llevar a cabo todas las acciones que resulten necesarias, en el ámbito de su competencia, para lograr gradualmente una mejora sustantiva en la tutela, ejercicio y garantía de los derechos fundamentales.
Por otra parte, prohíbe a las autoridades restringir o imponer medidas regresivas que impliquen una disminución en el disfrute de los derechos. “Esto significa que las autoridades del Estado están obligadas a incrementar gradual y progresivamente la tutela de los derechos, y a abstenerse de realizar acciones que tengan por efecto disminuir injustificadamente los derechos humanos ya reconocidos o adquiridos por las personas”.
Sandoval Ballesteros dijo que los diputados de Morena reconocen que las comunidades indígenas, en una lucha por legitimar y hacer efectiva la aspiración de seguridad y bienestar para sus integrantes, lograron el reconocimiento constitucional de las policías comunitarias y de su sistema de justicia a nivel local, respaldadas primordialmente con el sustento jurídico que ofrecen los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de las comunidades indígenas, particularmente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales.
Sin embargo, dijo que con la reforma aprobada el pasado 27 de julio, se desconoce los avances en el reconocimiento de sus derechos contraviniendo el marco Constitucional, la supresión del reconocimiento de las policías comunitarias o rurales del artículo 14 de la Constitución del Estado de Guerrero, constituye una medida regresiva, que atenta contra el principio de progresividad del derecho a la libre determinación de las comunidades y pueblos indígenas.
Precisó que al promover esta acción de inconstitucionalidad en contra de esa reforma, “reiteran su compromiso para que los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos sean respetados y garantizados en el marco Constitucional, manifestamos nuestra confianza en ganar el recurso presentado ante la SCJN, toda vez que se basa en criterios sentados por órganos jurisdiccionales federales que establecen la posibilidad que tienen los poderes legislativos federal y locales para proteger de manera más amplia el ejercicio y garantía de los derechos fundamentales”, concluyó.